Si usted es de los ticos que mantiene una sociedad inactiva, los expertos le recuerdan que debe presentar la declaración de impuestos a más tardar el próximo miércoles 30 de abril, para que la Administración Tributaria no le aplique millonarias multas.
Una sociedad inactiva es aquella que está formalmente constituida en nuestro país, pero, que no está desarrollando ninguna actividad económica.
Aún así, explicó Rocío Quirós, presidenta del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, deben cumplir con ciertas responsabilidades fiscales para mantenerse en regla,
“Todas las sociedades que se encuentren inactivas deben de presentar la declaración a más tardar el 30 abril, las sociedades inactivas son las que no generan ingresos, las que no tienen una actividad económica, las que tuvieron una actividad económica y la dejaron de llevar y no hicieron la liquidación de la empresa o, inclusive, las sociedades que se crearon para poseer bienes”, añadió Quirós.
Quirós advirtió que las consecuencias son graves, si este mes no se presenta la declaración de sociedades inactivas.
Otra declaración obligada
Asimismo, antes del 30 de abril debe presentarse el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, conocido RTBF, y que tiene como objetivo la lucha contra el fraude fiscal.
La declaración de beneficiarios finales deben presentarla las sociedades mercantiles, los administradores de fondos a terceros, los fideicomisos privados y las organizaciones sin fines de lucro, recuerda el Colegio de Contadores Privados.
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