Si tiene que asistir al Ebáis o al Hospital San Carlos a consultar o una cita médica de control, ya no debe preocuparse por llevar la mascarilla puesta para ingresar a esos centros de salud.
El Ministerio de Salud eliminó la obligatoriedad del uso generalizado de las mascarillas en pasillos, elevadores, servicios de alimentación, atención ambulatoria y consulta externa por afecciones no respiratorias en esos establecimientos.
Esto, después de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declarara que COVID-19 ya no representa emergencia de salud global.
Las autoridades sanitarias sí definieron que se debe utilizar la mascarilla en espacios clínicos en los que hay atención de pacientes con enfermedades infecciosas del sistema respiratorio, en atención de pacientes que por su vulnerabilidad son más susceptibles a estas infecciones, en los servicios de emergencia y en escenarios en los que el personal de salud realice una valoración de riesgo que justifique el uso adicional de equipo de protección personal como la mascarilla.
Cada centro de salud ya sea público o privado deberá:
- Designar un equipo de coordinación permanente.
- Realizar una evaluación de riesgos y necesidades al menos una vez al año.
- Elaborar un plan de respuesta y actualizarlo al menos una vez al año.
- Asegurar los recursos financieros necesarios para implementar el plan de respuesta ante una emergencia
- Establecer mecanismos permanentes de coordinación interna y externa.
- Establecer un sistema permanente para el monitoreo y evaluación de la gestión a largo plazo del COVID-19.
- Realizar ejercicios de respuesta para evaluar la preparación del establecimiento de salud, al menos una vez al año.
- Se debe elaborar un plan de escalabilidad de los servicios de salud y actualizarlo al menos una vez al año.
El Ministerio de Salud asegura que velará por el cumplimiento de esos lineamientos a través de las Áreas Rectoras de Salud y los resultados de los informes de inspección.