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    Río Cuarto prohíbe consumo de licor en vías y espacios públicos: multa ronda ₡223 mil

    El reglamento municipal que prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos de Río Cuarto ya está en vigencia. Conozca las sanciones, autoridades competentes y alcances de la normativa.
    RedacciónRedaccióndiciembre 26, 2025 Niñez y adolescencia
    Propietarios de Río Cuarto podrán verificar gratuitamente la información de sus propiedades en la exposición pública del mapa catastral del cantón, convocada por el Registro Nacional.
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    El consumo de bebidas con contenido alcohólico en vías y espacios públicos del cantón de Río Cuarto, en la provincia de Alajuela, quedó formalmente prohibido tras la entrada en vigencia del Reglamento Municipal para Regular el Consumo de Bebidas Alcohólicas, publicado en La Gaceta N.° 216 del 17 de noviembre de 2025.
    Esta normativa se fundamenta en el artículo 20 de la Ley N.° 9047, que faculta a las municipalidades del país a regular esta materia dentro de sus territorios.

    ¿Qué regula el nuevo reglamento municipal?

    El reglamento tiene como objeto regular el consumo de bebidas alcohólicas en vías públicas y sitios públicos, en concordancia con la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico.
    Su ámbito de aplicación abarca todo el cantón de Río Cuarto, sin excepciones territoriales.

    Espacios donde rige la prohibiciónLa prohibición incluye calles, avenidas, parques, plazas, centros deportivos, centros culturales y cualquier otro lugar de libre acceso al público.
    Además, los establecimientos comerciales con licencia para la venta de licor no pueden permitir el consumo en aceras, alrededores, zonas comunes o espacios públicos, ya que la autorización se limita al consumo dentro del local o para llevar, según corresponda.

    Autoridades encargadas de hacer cumplir la norma

    El cumplimiento del reglamento estará a cargo de funcionarios municipales, inspectores municipales y la Fuerza Pública, quienes tienen competencia legal para actuar ante infracciones detectadas en el espacio público.

    Multa y procedimiento sancionatorio

    La infracción se considera de mera constatación, lo que significa que puede comprobarse mediante observación directa de la autoridad.
    La sanción corresponde a una multa de medio salario base, equivalente a aproximadamente ₡223.000, según el salario base vigente utilizado por la legislación administrativa costarricense.

    El procedimiento incluye:

    1. Identificación de la persona infractora.
    2. Levantamiento del acta en el sitio.
    3. Notificación inmediata.
    4. Traslado del acta a la Municipalidad para el cobro conforme a la ley.

    Recursos legales y destino del dinero recaudado

    Las personas sancionadas pueden interponer recurso de revocatoria y/o apelación dentro de los cinco días hábiles posteriores a la notificación.
    Los recursos económicos provenientes de las multas ingresarán a las arcas municipales y deberán destinarse a fines de interés público local.

    Objetivo de la medida

    La Municipalidad de Río Cuarto justificó la aplicación del reglamento como una medida para ordenar el uso del espacio público, prevenir riesgos, mejorar la convivencia ciudadana y proteger a las comunidades.
    Según el comunicado oficial, el cumplimiento de la norma busca reducir situaciones de violencia, delitos y conflictos sociales, promoviendo un entorno más seguro para toda la población.

    Asamblea Legislativa de Costa Rica Fuerza Pública de Costa Rica Municipalidad de Río Cuarto
    Redacción

       
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