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    Regidores evitan discutir tema de credenciales del Alcalde de San Carlos

    Con los votos del PLN y el PUSC, acordaron enviar el caso a la Comisión Municipal de Jurídicos.
    Luis Ramón Carranza CascanteBy Luis Ramón Carranza Cascantejunio 18, 2022Updated:junio 18, 2022 Noticias Costa Rica No hay comentarios4 Mins Read
    La moción de la regidora, Diana Corrales, pretendía que el Concejo Municipal de San Carlos comunique al Tribunal Supremo de Elecciones, las faltas que justifican la remoción automática del cargo de Alcalde, Alfredo Córdoba Soro, de acuerdo con las atribuciones que les confiere el Código Municipal, en su artículo 13. Foto La Región.
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    Ayer viernes, el Concejo Municipal de San Carlos decidió postergar la discusión sobre la situación legal del Alcalde, Alfredo Córdoba Soro, con relación a la sentencia judicial que lo condenó al pago de más de tres millones de colones y le inhabilita para ejercer cargos públicos por seis meses, por el delito de Nombramiento ilegal.

    Sin permitir la lectura de la justificación de la moción y la discusión de la validez de la misma, con seis votos a favor (5 del PLN y el de Luis Fernando Solís, del PUSC) y tres en contra, se rechazó la posibilidad de que la secretaria del Concejo diera lectura a la justificación de la moción.

    Luego, el presidente municipal, el liberacionista Juan Diego González, sin discutirla, propuso mandarla a la Comisión de Jurídicos.

    La moción presentada por la regidora, Diana Corrales, pretendía que el Concejo Municipal de San Carlos comunique al Tribunal Supremo de Elecciones, las faltas que justifican la remoción automática del cargo de Alcalde, Alfredo Córdoba Soro, de acuerdo con las atribuciones que les confiere el Código Municipal, en su artículo 13.

    Por su parte, el partido Progreser también había presentado otra moción que solicitaba un informe de la situación jurídica del Alcalde, pero tampoco se conoció este viernes.

    Para el regidor, Pablo Rodríguez, lo actuado ayer es una práctica dilatoria para no conocer el tema de Córdoba y enviarlo Jurídicos es totalmente innecesario.

    “Me parece un paso innecesario el haber enviado las mociones a una Comisión, producto del voto negativo del PLN y el PUSC, para dispensarlas de trámite. La moción que presenté, lo que establece básicamente, es pedir un informe de la situación jurídica del Alcalde para proceder según lo que corresponda y que indique el Código Municipal. No puede tampoco alegarse que no se conocían las mociones porque son enviadas previamente por la Secretaría”, destacó Rodríguez.

    Para la regidora Corrales Morales, lo sucedido este viernes durante la Sesión Extraordinaria del Concejo, es una evidencia clara de la intensión de los regidores verdiblancos y de la Unidad de evadir la responsabilidad de lo que dicta el Código Municipal, para informar al máximo órgano electoral de la situación jurídica de Córdoba.

    “El Código Municipal es bien claro de que nosotros tenemos que notificar cuando este tipo de situaciones suceden. El Alcalde fue condenado y nosotros tenemos que proceder, pero han pasado las semanas y los regidores liberacionistas y el de la Unidad no han querido ver el punto de mociones y ayer, que se tomó la decisión de ver las mociones acumuladas, se evadió incluso leer la moción presentada por esta servidora, ellos no quieren actuar en torno a esta situación”, lamentó Corrales.

    Alcalde Alfredo Córdoba inhabilitado para ejercer cargos públicos

    Contra Córdoba existe una sentencia judicial condenatoria en firme por el delito de Nombramiento Ilegal. Foto La Región.

    Condena contra Alfredo Córdoba Soro, Expediente número 15-000083-0621-PE y Resolución 00171-2022 de la Sala Tercera, por los delitos de Nombramiento ilegal e inhabilitación al ejercicio de cargos públicos y de elección popular.

    Que dicha Resolución deja en firme la sentencia número 791-2019, dictada por el Tribunal Penal de Hacienda y de Función Pública del II Circuito Judicial de San José, que resolvió que:

    “Se declara a Alfredo Córdoba Soro autor responsable de Dos Delitos de Nombramiento Ilegal en perjuicio de Los Deberes de la Función Pública”, interponiéndose 60 días de multa para un total de tres millones seiscientos mil colones (3.600.000), que deberá cancelar a favor de Adaptación Social, a partir de los 15 días de la firmeza del fallo.

    Que también dicha resolución deja en firme la sentencia número 791-20019 en donde: “Se le condena al imputado Alfredo Córdoba Soro a la pena de Inhabilitación en el Ejercicio de Cargos Públicos y de Elección Popular por un plazo de Seis Meses”.

    Cabe reiterar que, el Partido Liberación Nacional tiene cinco de las nueve curules del Concejo Municipal de San Carlos y que para que estas mociones prosperen, deben contar con el apoyo de, al menos, dos regidores liberacionistas, lo cual no sucedió este viernes, más bien, la fracción mayoritaria contó con el voto adicional de Luis Fernando Solís, de la Unidad.

    Luis Ramón Carranza Cascante
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