Las pensiones de lujo han estado en la mira de los gobiernos desde el 2014, cuando se presentó la primera iniciativa liderada por el entonces ministro de Trabajo, Víctor Morales Mora, que pretendía ajustar las pensiones de lujo a 10 veces el salario más bajo de la administración pública.
Morales Mora, firmó junto con el entonces presidente, Luis Guillermo Solís, la directriz MTSS-012-2014 que imponía un tope de 10 salarios base (cercano a 2,5 millones) a todas las pensiones con recargo al presupuesto nacional.
Morales y Solís se ampararon en la Ley 7.888, la cual, según el Gobierno, no había sido debidamente aplicada a pesar de estar vigente desde hace 20 años, digamos, como el aborto terapéutico.
La movida de aplicar la 7.888 (tope de 10 salarios) le permitiría al Gobierno ahorrar 12.000 millones de colones por año destinados a 910 pensiones
En agosto de 2016 se logró establecer que las pensiones superiores a 10 veces el salario más bajo de la Administración Pública (lo cual en este momento rondaría 2,9 millones de colones) pagarían un impuesto adicional en una escala de entre 25% y 75% sobre los excesos de la pensión.

De esta forma, el techo máximo para una pensión con cargo al presupuesto, no podrá exceder en diez salarios el monto mínimo pagado en la administración pública, es decir, unos ¢2,7 millones.
En ese entonces la resolución de los magistrados donde se encontraba Marta Esquivel actual ministra de planificación del gobierno de Rodrigo Chaves, determinó que la normativa no reñía con el principio de retroactividad.
Una pensión de lujo es aquella que recibe una persona que no cotizó lo suficiente por ella, pero que aun así la recibe por circunstancias del sistema. Para entonces en el país habían más de 9 mil personas afiliadas a un régimen especial que disfrutan de una jubilación superior a ¢1,5 millones que era el límite de la Caja y un 30% de ellas superaba los ¢2,5 millones.
¿Qué es lo nuevo del proyecto de Rodrigo Chaves?
El proyecto bajo el expediente N°24.786 presentado hoy por el gobierno de Rodrigo Chaves no elimina las pensiones de lujo si no que las equipara con el Régimen de Invalidez Vejez y Muerte.
La parte medular del expediente se encuentra en el artículo 3 del proyecto donde se indica: ¨ARTICULO 3- TOPE DE LA PENSIÓN. Establézcase un límite al monto de pensión para los regímenes de pensiones y jubilaciones especiales , el cual se homologará según el tope sin postergación fijado periódicamente por la Junta directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social para jubilaciones o pensiones del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte, que actualmente asciende al monto de un millón setecientos. sesenta y cinco mil ochocientos cincuenta y nueve colones, (CRC1,765.859.00)según lo dispuesto en el artículo 8 de la presente ley.




