15 productores de arroz de diferentes zonas del país se presentaron esta mañana a la Sala Constitucional para presentar coadyuvancias al recurso de amparo presentado por Andrés Vásquez Ulate contra el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), por el Decreto que firmó junto al presidente de la Republica, Rodrigo Chaves, para bajar los impuestos al arroz importado, tanto en granza como pilado.
El recurso de inconstitucionalidad presentado por Vázquez Ulate, productor de arroz de la zona Chorotega contra (COMEX), sostiene que las reducciones planteadas son antojadizas, ocurrentes y carentes de sustento técnico y económico, por lo que se les deja en estado de indefensión al impedírsele el acceso a los documentos y estudios mencionados.
Hoy, cerca de treinta productores provenientes del Caribe, Pacifico Central y la Región Chorotega se acercaron para apoyar este recurso, aportándole a la Sala Constitucional más elementos por los cuales consideran que la medida anunciada por el Gobierno no procede.
Con pancartas que dicen “No queremos regalías, queremos trabajar” y otras, donde aseguran que la ruta del arroz acabará con la seguridad alimentaria, los agricultores nacionales y miles de trabajos.
Algunos aportes del recurso que pretende dejar sin efecto el decreto.
El productor de arroz de Guanacaste argumenta que el ministerio publicó en el diario oficial La Gaceta y en uno de los diarios de circulación nacional, un aviso mediante el cual sometió a consulta pública el anteproyecto de Decreto Ejecutivo denominado “Modificación de los Derechos Arancelarios a la Importación del Arroz en Granza y Pilado”, en el cual se pretende la rebaja de los aranceles actuales de un 35% a un 3,5% para el arroz en granza y de un 35% a un 4.0% para el arroz pilado.
Dice el recurso que, al acceder a la dirección electrónica y al enlace que se indica en la publicación del COMEX, solo se ve el texto de la consulta y un formulario que el COMEX recomienda para hacer las observaciones, pero no la propuesta que se somete a consulta pública.
Argumenta ante la Sala Constitucional que, en la versión que se puso a disposición de los ciudadanos para que hagan observaciones, se incluye el considerando XVI, que está incompleto, pues no indica la fecha en que fueron publicados los avisos.
Otro de los argumentos es que en la propuesta en consulta pública el considerando quinto citó como fundamento la opinión del 18 de abril de 2017 emitida por la Comisión para la Promoción de la Competencia (COPROCOM); sin embargo, los ciudadanos no tienen acceso a dicha opinión para verificar lo allí dicho, ya que no indica siquiera el enlace para acceder a la misma y tampoco se ha subido a la página del COMEX lo dicho por la COPROCOM.
Además, en el considerando sexto, se tomó como fundamento el informe sobre la política agrícola de Costa Rica (OECD: Agricultural Policies in Costa Rica) en el año 2017 Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el documento “Estudios Económicos de la OCDE: COSTA RICA” de julio de año 2020.
Lastimosamente, ni el informe ni el documento a los que se hizo referencia contaron con el enlace correspondiente para que la población tuviera acceso, ni fue subido a la página del ministerio.
De igual forma, el fundamento para los considerandos séptimo, octavo y noveno, que es el Informe DAEM INF-004-22 de 29 de junio de 2022. Tampoco se puso a disposición de los ciudadanos el memorando No. DOCE- MEM-ENV-0087-2022 de 30 de junio de 2022, emitido por la Dirección General de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior que es la base del considerando X de la propuesta.
De la misma manera, no se tuvo acceso al fundamento de los considerandos trece y catorce, ni a los estudios que le permitieron al MAG concluir que deben reducirse los aranceles a la importación de arroz pilado y en granza a los niveles propuestos en el anteproyecto de decreto
Aunado a lo anterior, no se tiene acceso al sustento técnico y a los estudios económicos que hizo el MAG o el gobierno para plantear en los artículos l y 2 de la propuesta sometida a consulta pública, la rebaja de los aranceles actuales de un 35% a un 3.5% para el arroz en granza y de un 35% a un 4.0% para el arroz pilado.
Incluso, sostiene que las reducciones planteadas son antojadizas, ocurrentes y carentes de sustento técnico y económico, por lo que se les deja en estado de indefensión al impedírsele el acceso a los documentos y estudios mencionados.