Welmer Ramos González, economista.
- Más del 40% de la población que labora estaría manchada en el sistema financiero.
- SUGEF aboga por subir el tope a las tasas de usura: ¿Cuáles intereses representa?
- El supuesto estudio de sobre Ley de Tasas de Interés Abusivas es carente de fundamento técnico y rigor, por donde quiera que se le vea.
En el último informe que la SUGEF hace a la Asamblea Legislativa respecto a la Ley contra el cobro de intereses abusivos, Ley Nº 9859, se hace un ataque sin fundamento contra esta norma, a partir de penosos malabares retóricos que tuercen tendenciosamente la realidad.
Dicha ley vino a poner un tope a las tasas de interés que se pueden cobrar en Costa Rica, porque a través de la historia han existido personas que se aprovechan de la necesidad, de la urgencia o de la ignorancia, de otras personas, en materia financiera para extorsionarlas con el cobro de tasas de interés abusivamente altas.
Por esa razón la Convención Americana de los Derechos Humanos, firmada por Costa Rica hace 52 años, exige a los países imponer un tope máximo a las tasas interés. Y fue hasta el 20 de junio del 2020 que el país aprobó una ley al respecto; antes de esa fecha era común encontrar créditos a tasas del 120%, del 80% o del 60%, etc., esclavizando a los deudores por dondequiera.
La ley aprobada estableció dos topes que hoy se ubican 35,51%, para todas las tarjetas de crédito y los créditos que superen los ¢693.000, para los microcréditos la tasa es de 50,16%, aun altas, pero al menos se puede sancionar a quien pretenda cobrar más de eso. Este nuevo orden no es del agrado de la SUGEF, ni de algunos prestamistas usureros que tratan de todas maneras de eliminar esa ley.
En el informe de la SUGEF mañosamente, se señala a esta ley como causante de la reducción del número de tarjetas de créditos, de un aumento en la morosidad, de mandar la gente al gota a gota, de no educar financieramente a las personas y erróneamente insinúa que la ley solo aplica a los entes regulados, entre otras falacias.
Oculta el informe de la SUGEF, que durante la crisis del COVID-19, ciertos bancos tarjeteros recogieron algunas de estas, cuando la gente perdió los empleos o los ingresos, además, hace gala la SUGEF de carecer del entendimiento mínimo del concepto de inclusión financiera o bancarización. La premisa implícita de la SUGEF parece ser: si usted tiene una tarjeta de crédito vive bien, y no importa cuánto le cobren; menudo despropósito.
La inclusión financiera, es el acceso a servicios financieros, tales como: la facilidad de realizar pagos en línea, tener cuentas de ahorro, transferir dinero de manera ágil, mantener efectivo con mayor seguridad que en el bolsillo, acceso a crédito, todo ello a bajo costo.
Al respecto, hay que advertir, que existe una tendencia del sector financiero a reducir la inclusión financiera, únicamente al acceso al crédito, especialmente, por el grupo que se aprovecha de otorgar crédito de consumo a altas tasas de interés. Para la SUGEF, en su ignorancia, la inclusión financiera se mide por el número de tarjetas de crédito, aunque tal reducción, haya ocurrido porque la gente esté utilizando más tarjetas de débito u otros medios de pago electrónicos de menor costo, y obteniendo los mismos resultados en servicios financieros.
La Ley Contra las Tasas de Interés Abusivas se promulgó, más de tres meses después de que la pandemia de COVID-19 iniciará, es más, se puso en vigencia en el momento cumbre de las medidas para evitar la propagación de la enfermedad.
Las acciones de contención del COVID-19, llevaron a un deterioro de las actividades productivas, como nunca en los cien últimos años, con las consecuencias severas que conocemos. Esos efectos de la pandemia la SUGEF se los atribuye a la Ley en mención, es más no hay una sola mención al COVID-19 en el informe comentado. Ni siquiera se percata la SUGEF de los múltiples estudios del Banco Mundial, FMI, OCDE y de diversas investigaciones de prestigiosas universidades, respecto a los efectos de la pandemia del COVID-19 sobre las finanzas de los consumidores y la enorme contracción en la demanda de créditos en general ocurrida en el mundo entero.
Señala la SUGEF que, como consecuencia de la Ley contra las tasas de interés abusivas, se recortaron unas 136.000 tarjetas de crédito. Tal información es errónea, pues dicha disminución en el número de tarjetas de crédito, no corresponde con el periodo de vigencia de la Ley Nº 9859, pues la caída es anterior a la fecha en que se promulgó la Ley.
De la información, que revela el “Estudio Trimestral de Tarjetas” del Ministerio de Economía Industria y Comercio[1] (fuente oficial), se tiene que en abril del 2019, habían un total de 3.000.232 tarjetas de crédito en manos de los costarricenses, y al entrar en vigencia la Ley, a finales de Junio del 2020, existían solamente 2.804732, o sea los emisores de tarjetas habían recogido 195.500 tarjetas, sin que existiera la Ley en análisis. Explicable, enteramente, a una situación de calamidad pública (Crisis del COVID-19) que hizo perder a la economía nacional 463.000 empleos entre marzo y junio del 2020, que elevó las cifras de desempleo abierto al 24,6% y el subempleo al 24.4%.
Hay que recordar que se aprobaron jornadas de medio turno para conservar, aunque fueran, empleos precarios y que el indicador de la actividad productiva (IMAE) cayó un 8,8% interanual, en junio del 2020 y las cifras negativas se mantuvieron por un año entero, hasta febrero del 2021. Miles pymes perdieron sus ingresos y capacidad de pago.
Cuando las casas tarjeteras vieron que la gente se quedaba sin ingresos, les retiraron las tarjetas de créditos, eso no es consecuencia de la Ley contra el Cobro de Intereses Abusivos, como perversamente lo señala la SUGEF.
Los informes sobre tarjetas del MEIC, revelan un incremento sostenido en la emisión de tarjetas de débito que pasaron de 5.749.072 en enero del 2020 a 5.910.319 en julio del 2020, para un incremento de 161.247 tarjetas adicionales. Eso indica que las personas hicieron uso de otro tipo de mecanismos para llevar a cabo sus trámites de tipo comercial, y la exclusión financiera no es la que señala la SUGEF.
Tal fue el impacto de la crisis del COVID-19, que las cifras del Crédito de Consumo presentan una disminución de ¢208.131 millones, entre los meses diciembre del 2019 y junio del 2020, según publica el Banco Central de Costa Rica en su página WEB y en línea con lo que muestran los estudios de los organismos internacionales para el mundo, y ese crédito, prácticamente en su totalidad, tiene tasas de interés muy por debajo del límite establecido para la usura. Y eso ocurría antes de que entrara en vigencia la Ley contra el Cobro de Intereses Abusivos. Estos hechos astutamente los esconde la SUGEF, para luego llegar a sus erróneas conclusiones.
Más aún, los cobros judiciales se incrementaron en 120.900 expedientes entre el 2019 y el 2021, según el Informe del Estado de la Justicia. Y el total de cobros judiciales alcanzó la cifra de 854.083 casos, manchando a deudores y fiadores ante el sistema financiero. Esto sí que es exclusión financiera e irresponsabilidad de los entes prestamistas por otorgar préstamos, a la ligera, a personas sin la capacidad de pago.
Todas las personas en cobro judicial, están expulsadas del sistema financiero formal, y permanecerán por años así, “condenadas” en el Centro de Información Crediticia (CIC), que lleva la SUGEF. Pero esa otra pandemia para la economía del país, para la salud pública y para el sistema financiero mismo, no la menciona la SUGEF, y solo se puede explicar por los incentivos perversos de cobrar intereses desproporcionadamente altos, que han inducido al sistema financiero enfocarse en el crédito tarjetero y relacionado con el consumo, en vez de promover otras opciones crediticias de índole productivas.
Que el 40% se la población que labora en Costa Rica este manchada en el Centro de Información Crediticia (CIC), debería ser preocupación y objeto de acciones de la SUGEF y del CONASSIF, pero vuelven la cara y disimulan el problema. Y siguen permitiendo una enorme laxitud a los entes financieros en la medición de capacidad de pago de los deudores. Eso se llama inclusión financiera negativa.
De otra manera, son esos miles y miles de costarricense que el sistema financieros tiene manchados en la CIC de la SUGEF, los que tienen que recurrir a las opciones de crédito informal y del llamado gota a gota y no al revés, como lo quiere hacer ver la SUGEF y algunos “prestamistas abusivos”.
Además, nunca una menor tasa de interés y una menor cuota por un crédito, hará crecer el número de morosos, o le restará capacidad de pago a un deudor, todo lo contrario, solo mentes perversa podrán argumentar que entre más se le cobre al más pobre, se le hará mejor pagador o se le estará ayudando.
También llama poderosamente la atención que, el informe de la SUGEF, no haga mención del revelador estudio que realizó el MEIC sobre “Comisiones de Adquirencia en Costa Rica” en el 2019. En el cual se indica que por diversas comisiones antojadizas, los poseedores de tarjetas de crédito, pagaron anualmente montos tan exorbitantes como ¢143.693 millones. Esto se aprecia en el cuadro siguiente, tomado del estudio referido. Y que como consecuencia de la Ley contra las Tasas de Interés abusivas, se dejaron de cobrar, en buena medida, tales abusos.
Tomando como base los 3 millones de tarjetas existentes en Abril del 2019, a cada tarjeta se le imputaban en promedio unos ¢47.894 anuales de cobros sacados de manga.

La disconformidad y reconcoma de la SUGEF por Ley contra las Tasas de Interés abusivas, la lleva a hacerse la ignorante de todas estas circunstancias que rodearon estos dos años vigencia de la ley, o de lo contrario; no está de más que las universidades impartan allí un curso de investigación básica por el bien de Costa Rica.
El informe presentado no justifica, ni en ciencia, ni técnica sus afirmaciones, pero viniendo de un ente con excelentes profesionales, quien elaboró dicho informe debería evidenciarse para salvar la honra de los demás y, la autoridad máxima de la SUGEF debería pedir una disculpa por validar tal adefesio ante los diputados
[1] https://www.meic.go.cr/web/284/estudios/tarjetas-de-credito-y-debito/tarjetas-credito-debito.php
[2] “Comisiones de adquirencia en Costa Rica” (Informe público) ELABORADO POR: María Alejandra Gutiérrez Alfaro y Roberto Vargas Martínez http://reventazon.meic.go.cr/informacion/estudios/2019/tarjetas/DAEM-INF-005-19.pdf