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    Ley de Empleo Público no será vinculante para la Municipalidad de San Carlos

    Gobierno Local continuará rigiéndose por los principios de autonomía en la gestión municipal, fuera de la rectoría de MIDEPLAN.
    RedacciónRedacciónmarzo 9, 2023 Noticias Costa Rica
    Según MIDEPLAN, el espíritu de la Ley de Empleo Público es hacer más eficiente y transparente la gestión pública. Foto La Región.
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    Los regidores de la Municipalidad de San Carlos dejaron sin efecto para el Gobierno Local, los alcances de la Ley Marco de Empleo Público, que rige a partir de este viernes 10 de marzo.

    Con base en la autonomía municipal, conferida en el artículo 170 de la Constitución Política, el Concejo y la administración acordaron rechazar que el Gobierno Central controle a esta municipalidad.

    Significa que, el ayuntamiento sancarleño continuará rigiéndose por los principios de autonomía en la gestión municipal, lo que le permitirá establecer sus propias escalas salariales y mecanismos de evaluación del desempeño, entre otros. Esto lo harán a partir de la redacción de un reglamento propio.

    Para Pablo Rodríguez, regidor de Progreser y coordinador de la Comisión de Asuntos Jurídicos, someter a la Municipalidad de San Carlos a la rectoría del Sistema General de Empleo Público sería ceder esa autonomía otorgada por la Carta Magna.

    “Lo que diferencia en las instituciones que tienen autonomía es que pueden tener la prerrogativa de definir su propio reglamento. Yo, particularmente, creo que debemos tener nuestro propio reglamento, yo soy un fiel creyente en el tema de la autonomía municipal, soy un fiel creyente en que tiene que separarse esa autonomía para que el Gobierno Central no tenga ese control sobre los gobiernos locales”, expresó Rodríguez.

    El espíritu de la nueva legislación, promovida el Ministerio de Planificación Nacional (MIDEPLAN), es hacer más eficiente y transparente la gestión pública, el servicio que los burócratas prestan a la sociedad y eliminar, paulatinamente, las desigualdades salariales.

    En el caso de la Municipalidad de San Carlos, las relaciones laborales seguirán basándose en la legislación vigente.

    “Serán entonces los principios de autonomía de la gestión municipal los que, con responsabilidad social, el respeto de los derechos humanos y los principios que informan la buena gestión y eficiencia pública, los que operen y rijan las relaciones de empleo en esta corporación municipal”, indica textualmente uno de los párrafos de este acuerdo.

    La regidora liberacionista, Yuset Bolaños, consideró que permitir que MIDEPLAN tome decisiones en la Municipalidad de San Carlos sería atrasar el desarrollo de obra en todo el cantón.

     “La autonomía municipal es nuestra obligación como regidores, como Concejo Municipal defenderla. Yo agradezco de verdad que la administración haya hecho un esfuerzo con distintos Departamentos para tener esta posición y creo yo que nosotros, dentro de la Municipalidad de San Carlos, tenemos que seguir defendiendo esa autonomía. Nosotros no podemos pretender que MIDEPLAN tome decisiones que van a atrasar obras comunales”, dijo Bolaños.

    Por su lado, la alcaldesa, Karol Salas, mencionó que lo anterior no impide que todas las buenas propuestas de la nueva Ley sean revisadas y se acaten todas aquellas que no afecten los principios constitucionales relacionados con la autonomía municipal, en el claro entendido de que no serán vinculantes.

    Dicho acuerdo fue notificado esta misma semana al Ministerio de Planificación.

    Es importante agregar que, Laura Fernández, ministra de Planificación, dijo en un reciente encuentro con la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL) que ninguna municipalidad, institución o persona puede decidir si considera la Ley o no, ya que las leyes son de acatamiento obligatorio.

    Esto dice el Acuerdo del Concejo Municipal:

    Basados en la autonomía municipal conferida en el artículo 170 de nuestra Constitución Política, todas las personas trabajadoras de la MSC que desempeñen labores operativas, administrativas, profesionales o técnicas, en el presente y en el futuro, en condición de  propiedad, interinos, ocasionales y servicios especiales, cumplen funciones o labores que son exclusivas y excluyentes para el ejercicio y cumplimiento de las competencias constitucionalmente asignadas a la municipalidad, por lo que así se declara y no se deben someter a la rectoría del Sistema General de Empleo Público, a cargo de Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN).

    De esta forma, las relaciones laborales de la MSC con las personas servidoras públicas municipales deben seguir basándose en la legislación vigente y en lo que sea necesario, podría considerar las recomendaciones, propuestas o lineamientos de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL).

    Serán entonces los principios de autonomía de la gestión municipal los que, con responsabilidad social, el respeto de los derechos humanos y los principios que informan la buena gestión y eficiencia pública, los que operen y rijan las relaciones de empleo en esta corporación municipal.

    Lo anterior no impide que todas las buenas propuestas del Sistema General de Empleo Público, a cargo de MIDEPLAN, serán revisadas en este sector y se acatarán todas aquellas que no afecten los principios convencionales y constitucionales relacionados con la autonomía municipal y en el claro entendido que no son vinculantes.

    Redacción

       
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