La Fiscalía General de la República presentó este lunes, una acusación contra el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, por el presunto delito de concusión, previsto en el artículo 355 del Código Procesal Penal.
En la misma acusación también figura como imputado el actual ministro de Cultura y Juventud, Jorge Rodríguez Vives,
La pieza acusatoria fue entregada hoy a la Secretaría General de la Corte Plena para su debido trámite, de acuerdo con el procedimiento especial de juzgamiento a miembros de Supremos Poderes. Asimismo, fue comunicada a la Procuraduría General de la República, como representante del Estado, a efectos de que manifieste si desea constituirse en querellante o actor civil.
Se trata del expediente 25-000019-0033-PE, en el que la Fiscalía General investigó la contratación, aparentemente a la medida para la empresa RMC La Productora S.A., con el fin de que esta prestara servicios de comunicación, mercadeo, consultoría estratégica, producción de mensajes y análisis de tendencia de opinión para la Presidencia de la República, correspondiente al período 2022-2026.
Según la tesis del Ministerio Público, se obligó e indujo al señor Christian Bulgarelli para que le otorgara un beneficio patrimonial indebido, producto de la contratación con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), al coimputado Federico Cruz Saravanja, conocido como “Choreco”, asesor de campaña electoral y personal y amigo íntimo del mandatario, a quien se le benefició con $32,000.00, derivado del “Contrato marco de prestación de servicios de consultoría”, para la compra de una casa.
A Cruz se le sigue la causa penal 25-000044-0033-PE.
Además, de acuerdo con la acusación, previo al proceso de contratación, los funcionarios mantuvieron contacto y varias reuniones en Casa Presidencial, donde instruyeron a Bulgarelli para que él mismo elabora los términos de referencia de su contrato.
Este delito sanciona con penas de 2 a 8 años “al funcionario público que, abusando de sus funciones, obligare o indujere a alguien a dar o prometer indebidamente, para sí o para un tercero, un bien o beneficio patrimonial”.
Criterio de oportunidad
En este expediente, la Fiscalía General aplicó al imputado Bulgarelli Rojas un criterio de oportunidad, de conformidad con el artículo 22 del Código Procesal Penal, inciso b, por tratarse de un delito grave, donde el imputado se compromete a colaborar eficazmente con el proceso penal para esclarecer el hecho investigado y proporcionar información útil para probar la participación de los imputados.
Adicionalmente, en contra de Bulgarelli se sigue la causa 25-000043-0033-PE, en la cual se solicitará la suspensión de la acción penal hasta que exista una sentencia firme en ese proceso.
En caso de que la colaboración no llegue a ser eficiente para los intereses del Ministerio Público, se continuará con la persecución penal en su contra.
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