El exregidor sancarleño Carlos Fernando Corella Chaves presentó una ampliación del recurso extraordinario de revisión contra un acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de San Carlos, con el objetivo de que se analice la legalidad de esa decisión administrativa.
El 16 de febrero pasado Corella presentó ante el Concejo un recurso legal para que el Concejo Municipal de San Carlos vuelva a discutir una decisión tomada en 2025, relacionada con presuntas irregularidades dentro de la Municipalidad. En concreto, pide que se revise el rechazo a la contratación de un abogado penalista externo para investigar posibles hechos de corrupción vinculados con funcionarios municipales.
Sin embargo el pasado miércoles la Comisión de asuntos jurídico acordó recomendar al Concejo que el asunto sea enviado a la administración para que lo investigue lo que en su criterio sería los propios acusados investigándose a ellos mismos.
El documento, fechado el 6 de marzo de 2026 en Ciudad Quesada, fue dirigido a la Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de la Municipalidad de San Carlos. En él, Corella actúa en condición de ciudadano y exregidor del cantón.
Recurso contra acuerdo de setiembre de 2025
Según el escrito, el recurso se interpone contra un acuerdo adoptado por el órgano colegiado durante una sesión ordinaria celebrada el 8 de setiembre de 2025, identificado como artículo XV, acuerdo N.º 65 del acta N.º 54.
La ampliación presentada busca incorporar fundamentos jurídicos adicionales y aportar prueba documental, con el fin de sustentar lo que el recurrente considera una posible nulidad absoluta del acto administrativo.
De acuerdo con el texto, la intención es que el Concejo Municipal revise el acuerdo impugnado y determine si existen vicios sustanciales en su formación o en su legalidad.
Fundamento legal invocado
El recurso se sustenta en el artículo 166 del Código Municipal de Costa Rica, norma que permite la revisión de acuerdos municipales firmes cuando existan motivos que puedan generar nulidad absoluta del acto administrativo.
Según el documento presentado, esta figura jurídica establece que:
- Si no han transcurrido diez años desde la adopción del acuerdo, y
- el acto administrativo no ha agotado todos sus efectos,
los interesados pueden solicitar su revisión ante el propio Concejo Municipal.
El escrito también señala que este mecanismo constituye un instrumento excepcional de control de legalidad, mediante el cual la propia administración puede revisar sus decisiones cuando existan indicios de irregularidades.
Principios administrativos citados
El recurso vincula este procedimiento con el principio de autotutela administrativa, que reconoce la potestad de la Administración Pública de revisar la legalidad de sus propios actos.
Asimismo, menciona principios del procedimiento administrativo como:
- el principio de legalidad,
- el deber de motivación de los actos administrativos, y
- el principio de verdad real.
Todos estos principios están recogidos en la legislación administrativa costarricense y sirven como base para justificar la solicitud de revisión del acuerdo municipal.
Por ahora, el documento corresponde a una gestión presentada ante el Concejo Municipal, por lo que corresponderá a ese órgano valorar la admisibilidad del recurso y decidir si procede o no revisar el acuerdo cuestionado.



