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    Diputados regalarán mercado del alcohol a empresarios privados

    ¨Los productores privados podrán producir alcohol para uso y consumo local o para exportación, para procesos industriales, comerciales o para elaboración de bebidas con contenido alcohólico y exportar todo tipo de alcoholes (excepto el aguardiente), sin necesidad de licencia o concesión¨. Dice la reforma
    RedacciónRedacciónseptiembre 5, 2024 Noticias Costa Rica
    La FANAL le vende al sistema de salud todo el alcohol que necesita a precio de costo.
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    Un negocio valorado en 41 mil millones de colones, que llegó a pagar en tiempos de pandemia más de 13 mil millones en impuestos al Estado costarricense en un solo periodo, pasará gratis a empresarios privados según el expediente 23627 Autorización para la comercialización directa del alcohol para uso industrial.

    Datos extraídos de la Fábrica Nacional de Licores FANAL señalan que, durante el periodo 2018 a 2022, FANAL paso de vender unos 23000 a poco más de 41600 millones, en 2018 trasladó cerca de 8500 millones y más de 18000 millones en 2022.

    Durante esos tiempos de Pandemia, la fábrica realizó grandes esfuerzos por suplir la demanda nacional y el abastecimiento de la CCSS y otras instituciones, se modernizaron varios equipos con el fin de hacer los procesos más eficientes.

    En el año 2021 La FANAL contrató un estudio con la empresa KPMG con el objetivo de determinar el valor real de la misma, ese estudio está vigente y debe ser vinculante para la decisión qué se pretenda. El mismo indica que el valor de FANAL supera los 41000 millones de colones.

    Para hoy, la Comisión de Económicos de la Asamblea Legislativa discute nuevamente el futuro de FANAL por medio del proyecto 23 627, el mismo le quita el monopolio a la empresa y abre el mercado a la importación y producción.

    Calculos realizados indican que quitar el monopolio del alcohol es dar un cierre técnico al CNP, dejar sin recursos a las casi 200 asociaciones de desarrollo de Occidente, poner en riesgo los miles de millones en impuestos que se trasladan a varias instituciones y al Ministerio de Hacienda.

    Esto dice la Ley hoy:

    Artículo 443- Son artículos estancados, el aguardiente, el alcohol y toda bebida alcohólica preparada en el país, cualquiera que sea el procedimiento usado para obtenerla y el nombre con que se le designe. De lo anterior se exceptúan la cerveza, los vinos elaborados mediante fermentación natural de frutas cuyo contenido alcohólico no exceda de un doce por ciento (12%), y las preparaciones alcohólicas mezcladas con sustancias alimenticias como huevo, leche, azúcar y maicena, siempre que estos productos estén sometidos a una reglamentación especial.

    Así la dejarán para favorecer a empresarios privados:

    Artículo 443- Será artículo estancado el aguardiente. Se exceptúan de los productos estancados el alcohol de uso en todo tipo para operaciones industriales, comerciales y agrícolas, las bebidas con contenido alcohólico y las preparaciones alcohólicas mezcladas con sustancias alimenticias.

    El Ministerio de Economía, Industria y Comercio regulará la elaboración de alcohol y será el organismo responsable de emitir las políticas de desarrollo de esta actividad, de conformidad con el siguiente esquema sectorial:

    a)       Los productores privados podrán producir alcohol para uso y consumo local o para exportación, para procesos industriales, comerciales o para elaboración de bebidas con contenido alcohólico y exportar todo tipo de alcoholes (excepto el aguardiente), sin necesidad de licencia o concesión. El Ministerio de Economía, deberá controlar la calidad de los alcoholes para exportación, con excepción de aquellos no contemplados como mercancías estancadas según el párrafo primero del presente artículo.

    Asamblea Legislativa de Costa Rica Fabrica Nacional de Licores FANAL
    Redacción

       
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