La Contraloría General de la República (CGR) sólo aprobó, parcialmente, el presupuesto inicial para el año 2024 de la Municipalidad de San Carlos. El Órgano Contralor improbó al Gobierno Local más de ₡321 millones en recursos correspondientes a ingresos y gastos.
Así consta en una resolución con fecha 21 de diciembre de 2023 y remitida a la Secretaría del Concejo Municipal, de la que La Región tiene copia.
Esta aprobación parcial se fundamenta en la documentación proporcionada por el Concejo Municipal y en las certificaciones remitidas a la Contraloría General, señala el mismo documento, ya que la propuesta de ingresos no está debidamente respaldada.
Por ejemplo, una vez analizada la información y las justificaciones aportadas por los regidores sancarleños, se improbó el contenido presupuestario incluido en la partida de “Remuneraciones”, para la contratación de 36 plazas por servicios especiales, ya que las justificaciones de las autoridades municipales no permiten acreditar que cumplen con la Ley Marco de Empleo Público.
El Presupuesto Ordinario Municipal que presentaron los regidores sancarleños a la Contraloría General para este nuevo año, era por ₡18.400.000.000. Dicho monto representaba un incremento de ₡1.690.000.000 con respecto al del año anterior,
Sin embargo, el Órgano Contralor sólo aprobó la suma de ₡18.078,800.000 millones.

Estas son las improbaciones en detalle
Ingresos a)
La suma de ₡321,2 millones por concepto de Transferencias corrientes de Instituciones descentralizadas no empresariales proveniente del Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y su aplicación en gastos, por cuanto la transferencia en mención no se encuentra presupuestada por dicho Instituto, por lo que no son recursos probables de recibir.
“Esta situación incumple el principio presupuestario de universalidad e integridad previsto en los artículos el artículo 176 de la Constitución Política, el 100 del Código Municipal, el 5 de la Ley N.° 8131 y el numeral 2.2.3 inciso a) de las Normas Técnicas sobre Presupuestos Públicos”, señala textualmente el ente contralor.
Dicho principio establece que el presupuesto se constituye de los ingresos probables y los gastos autorizados, lo que obliga a que la propuesta de ingresos deba estar debidamente respaldada en recursos que sean factibles de recibir por parte de la institución que los propone; así como de los gastos que sean viables ejecutar.
Gastos a)
- Se imprueba el contenido presupuestario incluido en la partida de “Remuneraciones” para 36 plazas por servicios especiales, por cuanto las justificaciones aportadas no permiten acreditar que estas plazas cumplen con las condiciones 1 establecidas en el artículo n.° 46 de la Ley Marco de Empleo Público n.° 10159.
Señala la Contraloría que, en virtud de que la información aportada no resulta suficiente y detallada para identificar de forma plena y concisa, lo que se pretende realizar con los conceptos y montos presupuestados, se incumple el principio de claridad establecido en el numeral 2.2.3, inciso m) de las NTPP, el cual señala que el presupuesto debe ser comprensible para las diferentes personas que utilizan la información presupuestaria de la institución.
Gastos b)
- Se imprueba el contenido presupuestario incluido para la Asociación de Protección Infancia de San Carlos, clasificado en la subpartida de 6.04.01 Transferencias corrientes a asociaciones, por un monto de ¢39,1 millones, al determinar que no corresponde a transferencias que encajan dentro del supuesto establecido en el artículo 4 inciso b) de la Ley n.° 7428.
De acuerdo con el Órgano Contralor, las sumas resultantes de las improbaciones de los gastos deberán trasladarse a la partida de “Cuentas especiales”, grupo Sumas sin asignación presupuestaria, según su fuente de financiamiento.



