Si usted es uno de los ticos que necesita gestionar la “hoja de delincuencia” en próximos días, tome en cuenta que ésta se emitirá bajo los nuevos parámetros o cambios importantes para los solicitantes, comunicó el Poder Judicial.
Lo anterior se aplicará con base en la reforma al artículo 11 de la “Ley para fortalecer el Registro Judicial”, que modifica y aumentan los plazos de cancelación de las anotaciones de las sentencias en firme, que hayan dictado los tribunales competentes en materia penal.
“Tal situación se pone en conocimiento de la población en general, a fin de que conozca que la certificación de juzgamientos u “hoja de delincuencia” se emite atendiendo a esos nuevos parámetros de anotaciones de juzgamientos, a partir de la publicación Alcance No. 50 de la Gaceta No. 45 del 8 de marzo de 2024”, indicaron las autoridades judiciales.
Si la solicitud de certificación de juzgamiento se hace para fines laborales, dicha certificación consignará las existencias de los juzgamientos vigentes referidos en los incisos d) y e) del artículo 11 de la ley antes citada, los cuales indican que una vez cumplida la pena se procederá a aplicar los siguientes parámetros:
- Cinco años después de cumplida la condena impuesta, cuando la pena sea entre cinco y no mayor a diez años.
- Diez años después de cumplida la condena impuesta, cuando la pena sea igual o mayor a diez años. Igual plazo deberá transcurrir cuando sea por delitos tramitados bajo el procedimiento especial de crimen organizado, terrorismo, delitos sexuales contra menores de edad, homicidio calificado, feminicidio y delitos contra los deberes de la función pública.
Recuerde que el trámite se puede realizar por medio de la página web del Poder Judicial www.poder-judicia.go.cr o en las Administraciones Regionales de todo el país.



