• Consejo de Seguridad Vial reabre sus puertas este 5 de enero
Si usted es de los conductores con una multa por exceso de velocidad o licor al volante, registrada en el sistema desde el pasado 22 de diciembre, que fue el último día laboral de 2021, en el Consejo de Seguridad Vial tendrá 10 días hábiles para impugnar, si estima que tiene una razón racional para ello.
El primer día hábil correrá a partir de este miércoles 5 de enero y podrá apelar incluso el martes 18 de enero, como fecha máxima.
Las personas solo deben impugnar cuando estimen que fueron sancionados de manera injusta con la prueba respectiva.
Las multas de Tránsito prescriben en siete años con la actual Ley de Tránsito, por lo que, en caso de que el argumento no sea de recibo, lo más que logrará hacer el infractor es postergar el pago de la multa, pero para renovar la licencia tendrá que cancelarla, incluso hasta con intereses en algunos casos.
El Director Jurídico del Consejo de Seguridad Vial, Carlos Rivas, recordó que, desde abril del 2020, los conductores que consideran razonable apelar una multa hecha por la Policía de Tránsito, tienen la opción de realizarla por correo electrónico, sin necesidad de contar con firma digital.
Esta medida se aplica de manera excepcional, por la pandemia por Covid-19 que afecta al país, para que se reduzca la presencia de personas en las oficinas de trámites del Consejo.
Las 12 Unidades de Impugnación del país trabajan con normalidad, pero se insta a los usuarios a recurrir a las opciones de correo electrónico o fax.
El correo disponible es recepción-impugnaciones@csv.go.cr. El infractor debe firmar manualmente el documento y escanearlo, si no tiene firma digital, y adjuntar copia de la cédula de identidad y señalar una dirección de correo electrónico como único medio para recibir las notificaciones futuras.
La apelación también la puede enviar por fax, al número 2010-4701 en San José, o al número de fax de cualquier otra sede. En Ciudad Quesada, San Carlos, el número de contacto es el 2010-4691.
Rivas añadió que los documentos adicionales, como la copia de la cédula de identidad y las pruebas, deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un solo documento.
Las imágenes no pueden superar el peso de 10 megabytes, si se remite por correo electrónico.
Las autoridades de tránsito indicaron que, una de las conductas sancionadas de forma más frecuente es el estacionamiento indebido. El año pasado, con corte al 30 de noviembre, 32.299 boletas fueron sancionados por esta causa.