El pasado 30 de marzo el Tribunal Supremo de Elecciones anunció como se fijarán la cantidad de regidores que tendrá cada municipalidad del país dependiendo del porcentaje de población que tenga respecto al total del país.
Dice en el comunicado en su punto ¨d) Cantones con un cuatro por ciento (4%) pero menos de un ocho por ciento (8%) de la población total del país, once regidurías¨.En el caso de San Carlos, el mismo TSE indica que su población alcanza un 4% de la población país y le asigna solo nueve espacios para regidores y regidoras.
Ante esta incoherencia desde La Región mandamos una consulta a Melissa Bagnarello Chaves, prosecretaria general a. i. del TSE y explicó que se trata de un error del TSE que redondeó a 4 el porcentaje del cantón cuando en realidad es 3,97%.
Elevarán caso a conocimiento TSE
En respuesta a la nota de este medio el TSE contestó:
En atención a su consulta de porqué al cantón de San Carlos se le fijaron 9 puestos de regidurías -propietarias y suplentes- en lugar de 11, con base en lo que dispones el inciso d) del Código Municipal que establece que los: Cantones con un cuatro por ciento (4%) pero menos de un ocho por ciento (8%) de la población total del país, once regidurías.
Me permito indicarle que a raíz de su consulta, se le preguntó a los compañeros de la Unidad Estadística de la Dirección Ejecutiva, a qué obedecía la diferencia y se nos informó lo siguiente:
“Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Población total proyectada de Costa Rica al 30 de junio del 2023 es de 5 262 225 personas, de las cuales 209 017 son del cantón de San Carlos, lo cual representa el 3,97% . No obstante, al consignarse en el oficio las cifras redondeadas con un solo decimal se lee 4,0% “
Es decir, el dato correcto es que el porcentaje de la población del cantón de San Carlos respecto al total de la población del país representa un 3,97%, por lo que para la definición de la cantidad de regidurías se aplicó lo dispuesto en el inciso c) del artículo 21 del Código Municipal que señala:
“c) Cantones con un dos por ciento (2%) pero menos del cuatro por ciento (4%) de la población total del país, se les asigna nueve regidores. Como es el caso del cantón de San Carlos.”
Pese a que el dato del porcentaje de la población del cantón respecto a la población total del país se redondeó de un 3,97% a un 4%, la Unidad Estadística consignó correctamente la cantidad de escaños de regidurías -propietarias y suplentes- a elegir, es decir un total de 9 puestos, tal y como lo señala el inciso c) del artículo 21 del Código Electoral.
No obstante, en virtud de la consulta que usted planteó, la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos elevará a conocimiento del Tribunal lo anterior, a los efectos de que se valore efectuar la aclaración correspondiente.
Según los datos dados a conocer por el TSE solo Alajuela cantón central cuenta con la población suficiente para contar con 11 espacios para regidores.
| Alajuela | 1 068 258 | ||
| Alajuela | 325 567 | 6,2% | 11 |
| San Ramón | 96 709 | 1,8% | 7 |
| Grecia | 80 452 | 1,5% | 7 |
| San Mateo | 7 338 | 0,1% | 5 |
| Atenas | 30 147 | 0,6% | 5 |
| Naranjo | 50 234 | 1,0% | 5 |
| Palmares | 42 217 | 0,8% | 5 |
| Poás | 35 362 | 0,7% | 5 |
| Orotina | 24 764 | 0,5% | 5 |
| San Carlos | 209 017 | 4,0% | 9 |
| Zarcero | 14 766 | 0,3% | 5 |
| Sarchí | 22 797 | 0,4% | 5 |
| Upala | 56 173 | 1,1% | 7 |
| Los Chiles | 35 941 | 0,7% | 5 |
| Guatuso | 19 916 | 0,4% | 5 |
| Río Cuarto | 16 858 | 0,3% | 5 |



